Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 6
6 / 75En vigor desde 31 ene 2003
1. Los ciudadanos tienen derecho a ser informados de los riesgos colectivos graves que puedan afectarles y de las medidas para enfrentarse a ellos.
2. El derecho de información determina la obligación de las administraciones públicas en Aragón, en sus respectivos ámbitos competenciales, de proporcionar información e impartir instrucciones en grado suficiente a las personas que pueden verse afectadas por situaciones de grave riesgo sobre las medidas de seguridad que deben adoptar y la conducta a seguir en caso de emergencia.
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Proeli/es-ar/l/2002/12/17/30#art-6