Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 6
6 / 131En vigor desde 6 nov 2004
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.a) del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. Ref. BOE-A-2004-18908 . Se añade el apartado 2.g) por el .1 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre. Ref. BOE-A-2002-22807 . Téngase en cuenta la disposición transitoria 4 en cuanto a la aplicación del apartado 2.g).
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1995/11/08/30#art-6