Art. 15
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Restantes requisitos

Art. 15

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En vigor desde 6 nov 2004
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única.a) del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. Ref. BOE-A-2004-18908 . Se modifica el apartado 3.a) por la disposición final 27.1 de la Ley 22/2003, de 9 de julio. Ref. BOE-A-2003-13813 .

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Pro

eli/es/l/1995/11/08/30#art-15