Art. 90
Título TÍTULO IV

Art. 90

90 / 146
En vigor desde 3 jul 2026
Único. Se suprime el artículo 17, que queda con la siguiente redacción: «Artículo 17. [Suprimido].»
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2026/06/29/3#art-90