Art. 65
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 65

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En vigor desde 3 jul 2026
La Ley 9/2016, de 28 de octubre, de regulación de los procedimientos de emergencia ciudadana en la Administración de la Comunitat Valenciana, queda modificada como sigue: Único. Se introduce un nuevo punto 4 en el anexo con la siguiente redacción: «ANEXO Procedimientos administrativos declarados de emergencia ciudadana […] Punto 4. Procedimientos que tengan como objeto la tramitación de licencias para la construcción de nuevas viviendas. Los plazos de urgencia se aplicarán únicamente a aquellos cuyos plazos de tramitación sean de seis meses o mayores, de acuerdo con lo dispuesto en las normas que los regulan.»
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