Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 116
116 / 146En vigor desde 3 jul 2026
La Ley 6/2022, de 5 de diciembre, de cambio climático y transición ecológica de la Comunitat Valenciana, queda modificada como sigue:
Único. Se añade una nueva disposición adicional decimoséptima, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional decimoséptima. Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo (CEAM). El Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo (CEAM), fundación de la Generalitat, actuará como órgano científico-técnico de consulta y asesoramiento del Consell en materia ambiental y ante los cambios en los fenómenos meteorológicos. En este marco, el CEAM contribuirá a la identificación de prioridades científicas y áreas emergentes de investigación relacionadas con la preparación y adaptación frente a los impactos climáticos en el ámbito valenciano. Asimismo, participará en el desarrollo de herramientas avanzadas que refuercen la resiliencia del territorio valenciano frente a los riesgos derivados de fenómenos meteorológicos extremos. Su labor promoverá la coherencia de las decisiones públicas con la mejor evidencia científica disponible, y favoreciendo la cooperación con redes e instituciones especializadas a nivel nacional e internacional.»
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Proeli/es-vc/l/2026/06/29/3#art-116