Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición adicional primera
129 / 148En vigor desde 30 jun 2026
La asociación de cabildos insulares «Federación Canaria de Islas» (Fecai) ostentará la representación institucional de los mismos en sus relaciones con la Administración pública de la comunidad autónoma.
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Proeli/es-cn/l/2026/06/16/3#disposicion-adicional-primera