Art. 83
Título TÍTULO V

Art. 83

83 / 101
En vigor desde 26 may 2026
La Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena ejercerá la potestad sancionadora por las infracciones recogidas en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, cometidas en el ámbito del sector público vasco, así como en el ámbito del sector privado cuando afecten solamente al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-pv/l/2026/05/14/3#art-83