Art. 74
Título TÍTULO V

Art. 74

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En vigor desde 26 may 2026
1. Se crea la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena, entidad pública con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que en el ejercicio de sus funciones actúa con plena independencia de las administraciones públicas y de cualquier interés empresarial o comercial, actuando con objetividad, independencia, imparcialidad, profesionalidad y sometimiento al ordenamiento jurídico. 2. La Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena se relaciona con el Gobierno Vasco a través del departamento que determine el Lehendakari o la Lehendakari en el decreto de estructura del Gobierno.
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eli/es-pv/l/2026/05/14/3#art-74