Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 4 jul 2026
La presente ley tiene por objeto el establecimiento de una exención del 100 % del precio público a satisfacer por los créditos académicos de la primera matrícula en estudios oficiales de grado universitario o estudios no universitarios equivalentes al título oficial de grado al alumnado de los centros públicos de educación superior radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja que reúna los requisitos establecidos en el siguiente artículo y se encuentre matriculado en un centro público de educación superior.
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eli/es-ri/l/2026/07/01/3#art-1