Art. Disposición transitoria segunda
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria segunda

70 / 76
En vigor desde 15 jun 2025
1. Hasta la adaptación del Plan de Acción Territorial Infraestructura Verde del Litoral de la Comunitat Valenciana (PATIVEL) a la presente ley, seguirán vigentes las disposiciones normativas que no contradigan lo establecido en ella. 2. En todo caso, las previsiones relativas a los usos prohibidos o sujetos a algún título de intervención contenidas en esta ley son de aplicación directa y prevalecen sobre las prescripciones del PATIVEL.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2025/05/22/3#disposicion-transitoria-segunda