Art. 21
Título TÍTULO II

Art. 21

21 / 27
En vigor desde 31 dic 2024
La Administración autonómica establecerá líneas de ayuda para subvencionar la adaptación de los espacios culturales, la implantación de dispositivos y sistemas para el disfrute accesible e inclusivo de la cultura, así como la creación de productos culturales inclusivos y accesibles.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2024/12/05/3#art-21