Art. Disposición adicional undécima

Art. Disposición adicional undécima

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En vigor desde 10 may 2024
Los expedientes de licencias municipales iniciados en aplicación del Decreto Ley 6/2023, de 2 de octubre, de medidas urgentes en materia de vivienda, o de las disposiciones de esta ley que tengan por objeto incrementar la oferta de viviendas se tramitarán por el procedimiento de urgencia, con los efectos previstos en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativa común de las administraciones públicas.
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