Art. Disposición transitoria séptima
9 / 11En vigor desde 15 jul 2024
Las sustituciones ejemplares otorgadas antes de la entrada en vigor de esta ley son válidas y subsisten si cumplen los requisitos del nuevo artículo 476 bis del Código del Derecho Foral de Aragón.
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Proeli/es-ar/l/2024/06/13/3#disposicion-transitoria-septima