Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 16
16 / 70En vigor desde 4 may 2023
1. Los órganos de protección civil de las Administraciones públicas en la Región de Murcia promoverán y, en su caso, organizarán la realización periódica de los ejercicios y simulacros necesarios para la implantación, el mantenimiento y la aplicación de las medidas integrantes del Sistema de Emergencias y Protección Civil de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de forma que se garantice la eficacia de los sistemas de protección y la eficiencia de las estructuras de dirección, coordinación y operativa de los planes.
2. Los ejercicios y simulacros organizados por entidades públicas o privadas que puedan tener repercusión externa a la entidad deberán comunicarse previamente al Centro de Coordinación de Emergencias 112 de la Región de Murcia.
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Proeli/es-mc/l/2023/04/05/3#art-16