Art. 48
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 48

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En vigor desde 1 may 2023
1. La Administración de la Junta de Andalucía, junto a los agentes del sector textil, impulsarán la investigación, el desarrollo y la innovación de formas de diseño, modos de producción y fabricación que prioricen el uso de recursos renovables, que reintroduzcan subproductos textiles recuperados, o incorporen un mayor porcentaje de materiales reciclados, sostenibles y de proximidad, como materia prima, y que obtengan productos duraderos, reutilizables y reciclables. 2. La Administración de la Junta de Andalucía podrá establecer, a estos efectos, instrumentos e incentivos económicos, tales como premios al ecodiseño o la innovación, guías de buenas prácticas y campañas de información. 3. La Administración de la Junta de Andalucía promocionará acciones a favor de la venta de segunda mano.
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