Art. 18
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 18

18 / 103
En vigor desde 2 mar 2023
1. Se autoriza la creación de la Agencia Española de Empleo. 2. Mediante Real Decreto se regularán las condiciones de la transformación del Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., en la Agencia Española de Empleo, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2023/02/28/3#art-18