Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 4
4 / 32En vigor desde 9 may 2023
Se considerarán viviendas colaborativas de protección pública aquellas que así se califiquen de acuerdo con lo previsto en la legislación en materia de protección pública de vivienda.
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Proeli/es-vc/l/2023/04/13/3#art-4