Art. Disposición transitoria quinta
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria quinta

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En vigor desde 31 mar 2022
El Consejo de Gobierno de La Rioja regulará la planificación de la actividad de los juegos y apuestas, dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma, en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente ley.
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