Art. 36
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Contenido

Art. 36

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En vigor desde 10 nov 2022
1. Los planes estructurantes de ordenación del suelo empresarial podrán incorporar como anexos independientes cualquiera de los instrumentos de desarrollo y ejecución regulados en el título III, lo que conllevará su tramitación y aprobación conjunta. 2. La modificación de los instrumentos de desarrollo y ejecución incorporados como anexos a un plan estructurante de ordenación del suelo empresarial podrá realizarse de manera independiente, sin necesidad de proceder a la modificación del plan, de acuerdo con lo previsto en el número 4 del artículo 48.
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