Art. 50
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 1.ª Atención sanitaria, sociosanitaria, dependencia y economía de los cuidados

Art. 50

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En vigor desde 22 mar 2022
Dentro del nivel de atención especializada, el Servicio Extremeño de Salud potenciará la hospitalización a domicilio y las unidades de convalecencia sociosanitaria, como fórmulas que combinan una adecuada atención con el mantenimiento del paciente en su entorno. Dichas modalidades se implementarán, de forma especial, para personas mayores y con enfermedades crónicas.
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