Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO VIII›Secc. Sección 6.ª Moción de censura
Art. Disposición adicional primera
40 / 48En vigor desde 22 jun 2022
Los plazos a los que se refiere el Capítulo VIII, del Título I, de esta Ley, relativo al régimen electoral, serán improrrogables y se entenderán referidos siempre a días naturales.
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Proeli/es-cb/l/2022/06/14/3#disposicion-adicional-primera