Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional primera
119 / 130En vigor desde 30 ago 2021
Los ingresos que se deriven de la imposición de las sanciones económicas establecidas en el título XI generarán crédito en los programas presupuestarios de servicios sociales.
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Proeli/es-mc/l/2021/07/29/3#disposicion-adicional-primera