Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 89
89 / 130En vigor desde 30 ago 2021
En el marco de la Estrategia de Ética en Servicios Sociales, la consejería competente en materia de servicios sociales promoverá, junto a las organizaciones profesionales y colegios profesionales, la elaboración de un Código de Ética Profesional que garantice la reflexión ética en la práctica de la intervención social, el efectivo ejercicio de los derechos de las personas usuarias y el cumplimiento de los principios rectores del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia.
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Proeli/es-mc/l/2021/07/29/3#art-89