Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 110
110 / 130En vigor desde 30 ago 2021
1. Las infracciones tipificadas en materia de servicios sociales darán lugar a la imposición de las siguientes sanciones:
a) Por infracciones leves, apercibimiento o multa de hasta 3000 euros. Para el caso de infracción de las personas usuarias, apercibimiento o multa de hasta 100 euros.
b) Por infracciones graves, con multa de 3001 hasta 30.000 euros. Para el caso de infracción de las personas usuarias multa de hasta 300 euros.
c) Por infracciones muy graves, con multa de 30.001 hasta 300.000 euros. Para el caso de infracción de las personas usuarias multa de hasta 3000 euros.
2. La revisión o modificación de las cuantías de las sanciones fijadas en este artículo se establecerá reglamentariamente.
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Proeli/es-mc/l/2021/07/29/3#art-110