Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 13En vigor desde 31 jul 2021
La presente Ley tiene por objeto reconocer la autoridad pública del profesorado de la Comunidad Autónoma de Andalucía en los términos reconocidos en el artículo 124.3 de la Ley O rgán ica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y consecuentemente fomentar la consideración y el respeto que le son debidos por el ejercicio de sus funciones y competencias, con el fin de procurar un clima de convivencia y de respeto en la comunidad educativa.
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Proeli/es-an/l/2021/07/26/3#art-1