Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VIII›Secc. Sección quinta. Contaminación Acústica
Art. 94
94 / 128En vigor desde 1 ene 2021
Se añade una Disposición Adicional Cuarta en la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la contaminación acústica, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional cuarta. Normativa aplicable. En la consideración de los límites establecidos para la protección acústica de conformidad con la presente ley habrán de aplicarse los que resulten más exigentes en cualquier caso a la vista de la normativa básica y autonómica, salvo en el caso de los que resulten de aplicación al ruido ocasionado como consecuencia del funcionamiento de las infraestructuras de la competencia del Estado, al que se aplicará en cualquier caso lo dispuesto en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, y la normativa reglamentaria estatal de desarrollo.»
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Proeli/es-vc/l/2020/12/30/3#art-94