Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección octava. Juventud
Art. 73
73 / 128En vigor desde 1 ene 2021
Se modifica el artículo 1 de la Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, políticas integrales de juventud, que queda redactado como sigue:
«Artículo 1. Objeto. 1. El objeto de esta ley es establecer un marco normativo que coordine las políticas de juventud, construyendo la Xarxa Jove, el sistema público valenciano de servicios a la juventud, dado su carácter de interés general para la Comunitat Valenciana, y que regule los derechos y la corresponsabilidad de las personas jóvenes, con el fin de garantizar que puedan definir y construir su proyecto vital individual y colectivo como miembros de la comunidad, fomentando la participación activa en el desarrollo político, social, económico y cultural. 2. La Xarxa Jove, el sistema público valenciano de servicios a la juventud, tiene carácter de servicio público esencial, porque se derivan prestaciones indispensables para satisfacer las necesidades básicas personales y mejorar las condiciones de la calidad de vida de la juventud.»
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Proeli/es-vc/l/2020/12/30/3#art-73