Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección sexta. Renta Valenciana de Inclusión
Art. 69
69 / 128En vigor desde 1 ene 2021
Se modifica el apartado c del artículo 42 de la Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de la Generalitat, de renta valenciana de inclusión, que queda redactado como sigue:
«Artículo 42. Procedimiento de urgencia. c) En los supuestos en que la extinción o la modificación del derecho a la renta valenciana de inclusión implique, según el parecer del equipo profesional de los servicios sociales de atención primaria de referencia, perjuicio manifiesto al resto de personas integrantes de la unidad de convivencia, con especial atención a aquellas unidades de convivencia con personas menores de edad o personas con discapacidad o en situación de dependencia.»
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Proeli/es-vc/l/2020/12/30/3#art-69