Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 7
7 / 24En vigor desde 4 nov 2020
El ICE se articulará a través de una prestación económica puntual, que se pagará en dos abonos y cuyos importes sumados serán el equivalente a la cantidad establecida en el artículo 6 de esta ley.
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Proeli/es-cn/l/2020/10/27/3#art-7