Art. Disposición transitoria primera
Capítulo CAPÍTULO XI

Art. Disposición transitoria primera

100 / 117
En vigor desde 2 ago 2020
La suspensión del otorgamiento de las autorizaciones de interés público, establecida en el artículo 16.4, será de aplicación a las solicitudes presentadas a partir de la entrada en vigor de esta ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-mc/l/2020/07/27/3#disposicion-transitoria-primera