Capítulo CAPÍTULO XI
Art. Disposición transitoria primera
100 / 117En vigor desde 2 ago 2020
La suspensión del otorgamiento de las autorizaciones de interés público, establecida en el artículo 16.4, será de aplicación a las solicitudes presentadas a partir de la entrada en vigor de esta ley.
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Proeli/es-mc/l/2020/07/27/3#disposicion-transitoria-primera