Capítulo CAPÍTULO XI
Art. Disposición final segunda
110 / 117En vigor desde 2 ago 2020
Se añade un apartado i) al artículo 17 de la Ley 3/2000, de 12 de julio, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de la Región de Murcia e Implantación del Canon de Saneamiento, con la siguiente redacción:
«i) Gestionar la explotación y conservación de las instalaciones de recogida de aguas pluviales, así como ejecutar las obras, que, sobre esta materia, determine la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.»
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Proeli/es-mc/l/2020/07/27/3#disposicion-final-segunda