Capítulo CAPÍTULO XI
Art. Disposición final cuarta
112 / 117En vigor desde 2 ago 2020
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, se aprobará por el Consejo de Gobierno el decreto por el que se apruebe el reglamento de vertidos de tierra al mar.
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Proeli/es-mc/l/2020/07/27/3#disposicion-final-cuarta