Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición adicional primera
67 / 75En vigor desde 17 abr 2019
El Gobierno de Cantabria adoptará las medidas necesarias para adoptar las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo que permitan la efectiva prestación de las labores de inspección previstas en la presente ley.
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Proeli/es-cb/l/2019/04/08/3#disposicion-adicional-primera