Art. 15
Título TÍTULO IICapítulo Capítulo III

Art. 15

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En vigor desde 17 abr 2019
La Consejería competente en materia de protección civil elaborará y mantendrá actualizado un catálogo de todos los medios y recursos disponibles en la Comunidad Autónoma que puedan contribuir a la protección civil. A tal efecto, podrá requerir la información necesaria al resto de las Consejerías del Gobierno de Cantabria, a todos los organismos públicos vinculados con el Gobierno de Cantabria, a todas las entidades locales y a los organismos públicos vinculados con ellas y, en general, a todas las entidades públicas o privadas radicadas en la Comunidad Autónoma. Igualmente, podrá solicitar a la Delegación del Gobierno en Cantabria información sobre los medios y recursos de titularidad estatal disponibles y sobre los criterios de asignación de los mismos a los planes territoriales de protección civil.
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