Título TÍTULO II
Art. 14
14 / 43En vigor desde 14 mar 2019
Las personas usuarias son los miembros del núcleo familiar y, en su caso, otros familiares y personas allegadas que, por resolución judicial o administrativa, tengan establecido el cumplimento del régimen de visitas en un Punto de Encuentro Familiar.
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Proeli/es-md/l/2019/03/06/3#art-14