Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 33
33 / 142En vigor desde 5 jun 2019
1. Los titulares de competiciones y actividades deportivas deberán tener suscrito un contrato de seguro que cubra el riesgo de responsabilidad civil por daños a terceros por la competición o actividad deportiva desarrollada.
2. Las coberturas mínimas del seguro se determinarán por la normativa reguladora de los espectáculos públicos y actividades recreativas.
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Proeli/es-cl/l/2019/02/25/3#art-33