Art. 33
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 33

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En vigor desde 5 jun 2019
1. Los titulares de competiciones y actividades deportivas deberán tener suscrito un contrato de seguro que cubra el riesgo de responsabilidad civil por daños a terceros por la competición o actividad deportiva desarrollada. 2. Las coberturas mínimas del seguro se determinarán por la normativa reguladora de los espectáculos públicos y actividades recreativas.
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