Art. Disposición transitoria tercera
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 6.ª Régimen sancionador

Art. Disposición transitoria tercera

166 / 171
En vigor desde 1 may 2019
Lo previsto en la disposición transitoria segunda no será de aplicación a los procedimientos sancionadores en los que la presente ley resulte más favorable para las partes presuntamente infractoras.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/2019/03/22/3#disposicion-transitoria-tercera