Art. 30
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 3.ª Protección de los intereses económicos y sociales

Art. 30

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En vigor desde 1 may 2019
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el ámbito de sus competencias, adoptará las medidas que reglamentariamente se desarrollen, en materia de información y marcado de precios en los establecimientos comerciales. Todos los precios que marquen serán los correspondientes con impuestos incluidos.
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