Art. Disposición transitoria segunda
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria segunda

176 / 195
En vigor desde 21 mar 2019
Hasta el establecimiento de la estructura territorial fijada en el capítulo IV del título I de esta ley, con la aprobación del Mapa de servicios sociales de la Comunitat Valenciana, las administraciones públicas continuarán proveyendo las diferentes prestaciones de la forma efectuada hasta el momento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2019/02/18/3#disposicion-transitoria-segunda