Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición transitoria décima [sic]
185 / 195En vigor desde 1 ene 2023
La Disposición Adicional Undécima prevista en esta Ley será aplicable hasta la entrada en vigor del Decreto por el cual se regula la tipología y funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociales y su ordenación dentro de la estructura funcional, territorial y competencial del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
Se añade por el de la Ley 8/2022, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-5482
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Proeli/es-vc/l/2019/02/18/3#disposicion-transitoria-decima-sic