Art. 46
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 46

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En vigor desde 21 mar 2019
1. El Plan estratégico de servicios sociales de la Comunitat Valenciana tendrá una vigencia mínima de cuatro años y máxima de seis años. 2. Con carácter previo a la aprobación de un nuevo Plan estratégico de servicios sociales de la Comunitat Valenciana, el plan estratégico vigente tendrá que ser revisado y evaluado.
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