Art. Disposición transitoria cuarta
Título TÍTULO V

Art. Disposición transitoria cuarta

47 / 53
En vigor desde 24 feb 2018
A los efectos del cómputo del plazo máximo de duración del cargo de la Presidencia previsto en esta ley, sólo se tendrán en cuenta los mandatos ostentados tras su entrada en vigor.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/l/2018/02/21/3#disposicion-transitoria-cuarta