Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 26
26 / 53En vigor desde 24 feb 2018
1. Para ser elector, ya sea en nombre propio o en representación de personas jurídicas, se requerirá mayoría de edad, no estar incurso en ninguna causa legal que impida dicha condición y ejercer las actividades comerciales, industriales y de servicios en el ámbito de la circunscripción de cada Cámara.
2. Las empresas, con independencia de su forma jurídica, y los trabajadores por cuenta propia ejercerán su derecho electoral activo personalmente, si bien se podrá delegar el voto conforme a lo establecido en la disposición transitoria sexta de la presente ley.
3. El resto de condiciones y requisitos para el ejercicio del derecho electoral activo se desarrollarán reglamentariamente.
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Proeli/es-ex/l/2018/02/21/3#art-26