Art. Disposición adicional séptima
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional séptima

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En vigor desde 19 abr 2017
Se mantiene vigente en lo que no se oponga a la presente ley el Decreto 72/1997, de 7 de julio, que establece el régimen general de horarios de establecimientos y espectáculos públicos y actividades recreativas, de la Comunidad Autónoma de Cantabria, hasta que se proceda al desarrollo reglamentario de la presente ley.
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