Art. 1
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULOS I a VI

Art. 1

Derogado1 / 68
En vigor desde 2 abr 2017
1. Conforme a lo previsto en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, la escala autonómica en el impuesto sobre la renta de las personas físicas será la siguiente (en euros): Base liquidable hasta Cuota íntegra Resto base liquidable hasta Tipo porcentaje aplicable 0,00 0,00 12.450,00 9,50 12.450,00 1.182,75 7.750,00 12,00 20.200,00 2.112,75 15.000,00 15,00 35.200,00 4.362,75 14.800,00 19,00 50.000,00 7.174,75 10.000,00 19,50 60.000,00 9.124,75 60.000,00 23,50 120.000,00 23.224,75 En adelante. 25,50 2. Se entenderá por tipo medio de gravamen general autonómico el previsto en el apartado 2 del artículo 74 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
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