Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 10En vigor desde 15 jun 2016
Las disposiciones de la presente ley serán de aplicación a los contratos de obras, de concesión de obras públicas, de gestión de servicios públicos y de servicios, celebrados por las entidades que integran el sector público vasco, y regulados en los artículos 6, 7, 8 y 10 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
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Proeli/es-pv/l/2016/04/07/3#art-2