Art. 44
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO XIII

Art. 44

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En vigor desde 11 ago 2016
Se establecerán mecanismos para la detección e intervención en casos de acoso laboral y discriminación por razón de la orientación sexual y/o identidad o expresión de género. Se establecerán medidas para prevenir y, en su caso, corregir y eliminar, estas conductas en los centros de trabajo.
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