Art. Disposición adicional
2 / 4En vigor desde 29 mar 2016
En el plazo de tres meses desde la aprobación de esta ley, la Consejería de Sanidad presentará, previo acuerdo en el Consejo de Salud, la organización de servicios de los hospitales de Santa Lucía y Santa María del Rosell, según lo establecido en el artículo único.
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Proeli/es-mc/l/2016/03/21/3#disposicion-adicional