Art. 22
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 22

22 / 113
En vigor desde 15 abr 2018
1. El ejercicio de la caza podrá ejercerse mediante las modalidades de caza que se determinen reglamentariamente con los requisitos, limitaciones y medidas precautorias de seguridad que se establezcan. 2. La autorización de cualquier modalidad de caza y las especies que son objeto de caza, quedarán contempladas en la resolución aprobatoria del Plan de Ordenación Cinegética del terreno donde pretenda llevarse a cabo y quedarán supeditadas a su comunicación cuando proceda, sin perjuicio de aquellas autorizaciones de otro carácter que pueda realizar la Dirección General o los órganos provinciales. Se modifica por el .14 de la Ley 2/2018, de 15 de marzo. Ref. BOE-A-2018-6000

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/2015/03/05/3#art-22